juditan dijo:
Home › Foros › Foros Todotrial – Moto › Foro General › juditan dijo:
- Este debate está vacío.
-
AutorEntradas
-
-
16 diciembre, 2009 a las 7:00 pm #128735
Disculpad la ignorancia por adelantado, pero ojeando el mercadillo de ocasión , todavia me sorprendo de ver motos del 2006-2007-2008,..etc las cuales su dueño inicial no ha matriculado, me planteo cuales son los motivos por las que este decide no matricular…aparte de ahorarse un puñadito de euros en impuestos, no acabo de verle el sentido de no matricular, os pido que me ilumineis y me digais que opinais y cuales son las razones a vuestro parecer que deben influir en este tema.
saludos -
16 diciembre, 2009 a las 7:02 pm #128736
Escrito originalmente por juditan
Disculpad la ignorancia por adelantado, pero ojeando el mercadillo de ocasión , todavia me sorprendo de ver motos del 2006-2007-2008,..etc las cuales su dueño inicial no ha matriculado, me planteo cuales son los motivos por las que este decide no matricular…aparte de ahorarse un puñadito de euros en impuestos, no acabo de verle el sentido de no matricular, os pido que me ilumineis y me digais que opinais y cuales son las razones a vuestro parecer que deben influir en este tema.
saludos -
16 diciembre, 2009 a las 7:33 pm #128737
Yo la GG Pro 2007 que tengo a la venta la tengo matriculada, pero la 2009 no, simplemente por dos cosas, primero que ni he tenido tiempo de ir a hacer los trámites y segundo, que a la hora de realizar una venta, es mucho más sencillo quitarse el engorro de los trámites de transferencias y sus tasas, y daría los papeles para matricular la moto como nueva, contabilizando el plazo de 4 años para la ITV desde cero.
De todas maneras opino que matricular una moto de trial diseñada puramente para este deporte como si fuese un automóvil de uso diario es un total contrasentido absurdo y que debería haber una matriculación especial para estos vehículos al igual que para Ciclomotores o ATVs. Ojala la ANESDOR hiciese algo útil de vez en cuando y no de pascuas a ramos… -
16 diciembre, 2009 a las 11:21 pm #128738
Yo era de los que matriculaba mis motos modernas, en cambio la clásica para tenerla legal tienes que montar una importante y dejarte un buen zurron de dinero. Y para qué?, pues si te dedicas a hacer trial puro y duro, nada de trial excursion, eso de llevar la moto en remolque, bajarla y meterte en una quebrada, cantera o vertedero y no moverte en las tres o cuatro horas que esté entrenando, esto es igual que un circuito de motocross o velocidad.
Para eso, la matricula no hace falta, es mas, si me crujen los forestales o los Sepronas, la matricula no me exime del delito ecológico. Otra cosa es que hiciera enduro, trial excursion con travesias por cañadas, coladas, veredas y/o nucleos urbanos. Entonces no matricular es de subnormal porque incumples la ley de tráfico y das una imagen indecente.
Y si sucede algun atropello o problema con terceros por lesiones, pues te sacas un seguro, que salen por menos de 100€/año y no hace falta tener el vehiculo matriculado.
Y no sigo diciendo mas sobre las obligaciones legales, que me hablo mas de la cuenta y me acabo metiendo con el Zetapé. -
16 diciembre, 2009 a las 11:22 pm #128739
-
16 diciembre, 2009 a las 11:49 pm #128740
Cuando envié la carta al Defensor del Pueblo, creo recordar que me la desestimaron porque, en pocas palabras, no había un ente que representara a mi deporte y que hubiera decidido hacer lo mismo que yo. Y luego le mandé lo mismo al Defensor de Europa, y me remitieron al de España.
Jugaron al Pin Pon conmigo.
Ahora tenemos el Facebook, recordemos los guardarrailes, y al final, despues de un monton de años, ya comienzan a cambiarlos. Hablo del Facebook, porque como herramienta de difusion (y mientras no nos la cape el gobierno), servirá para dar a conocer al publico que tenemos una ley Anticonstitucional. Que mucha gente, cuando les cuento que si van con su coche por un camino y se cruzan con un forestal, que los pueden multar por esa puñetera ley, alucinan.
Y eso es lo que hay que contar, y si hacemos un panfleto para que la gente se sume, lo harán, por simpatía a la causa o por joder a los de arriba.
Y tambien tendríamos que sumar en esta fiesta a la RFME y a las Federaciones Autonómicas, que empleen parte del dinero de nuestras licencias en litigar con abogados para conseguir que el defensor del pueblo ponga en tela de juicio esa maldita ley. Si hicieran algo por eso, gustósamente pagaba eso y mas por mi licencia anual. -
17 diciembre, 2009 a las 12:06 am #128741
Pedro tu que sabes más del tema, danos instrucciones para empezar a moverlo!
-
17 diciembre, 2009 a las 12:34 am #128742
Tomo nota Yoyi, rescataré papeles de antaño y podemos empezar a moverlo desde aquí, para darle el bombo necesario para que se impliquen otros estamentos, que nos permitan cuestionar la Ley de Acceso al Medio Natural, y que el Reglamento de la misma se suavice. No es una Ley de Defensa del Medio Ambiente, es que es una ley inconstitucional que vulnera los derechos fundamentales que tenemos como ciudadanos.
-
17 diciembre, 2009 a las 1:21 am #128743
Cuando se va al defensor del pueblo es con todas las de la ley nunca te aceptara argumentos
como circular sin seguro, [/color][color=#0000ff»>primero el de aqui, con todas de la ley
que el no la hace, pero en caso de flagrante injusticia actuara, para ello muchos firmantes,
mucha asesoria legal, propuestas solidas, pruebas, no vale decir que el gilipollas del
forestal me tenia mania, ya se ha hablado aqui mucho de todo esto muchas veces,
pero cuesta dinero, mucho dinero hacerlo bien, asi que a quien San Dios se la de,
San Cristo se la bendiga!
Yoyi, de los seguros tambien se ha dicho muchas veces que sin matricula nastis de plastis
engañifas y ni quitamultas siquiera, sino, que entre un segurero y me lo rebata que yo
encantao de equivocarme, cojones;
He dicho. -
17 diciembre, 2009 a las 1:30 am #128744
Brutaco no seas brutaco, si se va al Defensor del Pueblo es para tratar de que la Ley inconstitucional se cambie, o para que los que van ilegales porque no tienen opción (porque no se puede matricular una moto, por ejemplo) tengan una alternativa legal, en eso consiste la Ley, y las leyes se reforman, se crean y se derogan, que pa esto te lo dice uno que tiene estudios, de Derecho precisamente.
Asinnn que no me seas cegato y abre un poco más los ojos, que la Ley no es decir «si señol, si papa» a todo y agachar la cabezota… El que no llora no mama! Cuando una Ley es injusta o inconstitucional, enseguida salen las voces en contra, se discuten, se crean enmiendas, se recurren, y después se aprueban pero luego llegan los siguienes al poder y las cambian a su antojo. Si tenemos mieditis a las leyes y pensamos que son sagradas y no se pueden cambiar y nos conformamos con lo que «haiga» así nos va…
Mirad los cazadores y fijaros… el que no llora no mama!!!! -
17 diciembre, 2009 a las 2:03 am #128745
Yo no te he dicho que no, pero que mucha pasta hay que preparar,
si le aportas todo bien al defensor del pueblo lo llevara al congreso
(es mas facil cambiar la ley que llevarla al constitucional fijate si luego este tribunal [/color][color=#0000ff»>al que
alguien amenazo con ir al defensor del pueblo(no dire el nombre) por que no le arreglabamos….
digo arreglaban [color=#0000ff»>de papeles que tiene este hombre delante de el, solo de apartar gilipolleces se le va el dia,
mucho dinero, muchos papeles, los moteros del sur me parece han hecho camino viendo a
delegados etc,etc, y nadie ha contestao al pos que escribieron, ese es camino mas adecuado
que no facil, por que no pueden matricular la moto esos que dices? ahí me he perdio,
picapleitos.
-
17 diciembre, 2009 a las 11:16 am #128746
y los quad`s por que tiene una matricula diferente?que es en plan tractor?
no se podria hacr algo asi?
limitando velocidades y carreteras? -
17 diciembre, 2009 a las 4:49 pm #128747
Escrito originalmente por blasyo
¿Saldrias del garaje del concesionario de coches,con el coche sin matricular y sin seguro? Pues con la moto lo mismo.Al minimo percance que tengas con un tercero aunque sea en el monte,la fastidiaste,pero bien fastidiada.Pero como siempre habra quien no quiere ver mas alla de su nariz… pues eso,opiniones para todos los gustos .Por mi parte,no se ni como una persona en su sano juicio puede salir a la calle con un vehiculo sin matricular y sin seguro.Vamos que solo plantearlo me enciende.Y no hablo por hablar,ya que tuve un percance una vez con un tio que no tenia seguro.
Partiendo de que tengo la moto matriculada y con seguro, te diré que estoy pensando en mi proxima trialera no pagar nada.
Primeramente por que cuando la saque del concesionario ire con el carro a por ella, como hago todos los dias que saco la moto para llevarla al monte, escombrera y similares parajes, no pisará nunca el asfalto y raramente caminos de transito, y siembargo allí donde este entrenando, el señor forestal o seprona me fundira con o sin seguro. Respecto de los percances, pueden ocurrir siempre y sin necesidad de llevar moto y no por eso aseguro todas las acciones que puedo hacer durante mi vida, montar en bici, esquiar, escalar, piraguismo etc. (no practico todos estos deportes, ojala, es por poner ejemplos y entiendas que puedes causar daños a terceros de multiples maneras). Eso sí, si fuera a circular por la via publica por supuesto que la matricularia.
Respecto de los seguros, podría jurar haber leido en una de mis revistas de motos de campo, un articulo en el cual en una entrevista al presidente de una compañia de seguros este respondia a la pregunta de si un vehiculo sin matricular se podria matricular, este respondia que por su puesto; la compañia de seguros era una especialista en motos de campo.
Si os poneis muy burros estoy dispuesto a buscar en el trastero la caja con las revistas donde leí el articulo. No obstante hoy por hoy se puede asegurar cualquier cosa, desde un coche a un culo -
17 diciembre, 2009 a las 5:22 pm #128748
Escrito originalmente por kyavalin
…………………………..Eso sí, si fuera a circular por la via publica por supuesto que la matricularia.
………….al presidente de una compañia de seguros este respondia a la pregunta de si un vehiculo sin matricular se podria (Asegurar?), este respondia que por su puesto; la compañia de seguros era una especialista en motos de campo.
Si os poneis muy burros estoy dispuesto a buscar en el trastero la caja con las revistas donde leí el articulo. No obstante hoy por hoy se puede asegurar cualquier cosa, desde un coche a un culo-Solo circulas por via publica, salvo que tengas una finca tuya, bueno y todas las variantes
que queramos meter ya se ha tocado este tema aqui.
-Todo se puede asegurar, otra cosa son las condiciones ahí esta la trampa.
No se trata de ponerse mas o menos borrico ni de buscar revistas, me creo que lo leiste.
pero que le pregunto el perilisto al presidente? That is the question.
A comer. -
17 diciembre, 2009 a las 6:59 pm #128749
Ahora mismo la mejor opción es matricular la moto, ya que como están las leyes (si están bien o mal es otro tema) para poder circular con ella por un carril de tierra debe de estar matriculada. Incluso en los triales hay que pisar algún carril e incluso carreteras y para ello deben de estar matriculadas. Yo creo que al igual que todas las motos de campos (menos las de cross que son para circuito) las trialeras deberian salir de las tiendas matriculadas.
-
17 diciembre, 2009 a las 8:51 pm #128750
Hola,
recuerdo perfectamente lo que hicimos con el Defensor del Pueblo, y la semana pasada lo recordé haciendo limpieza.
Tengo todos los papeles que envié, y las respuestas que recibí. Efectivamente el resumen es: «hacerlo conjunto, y os haré caso»
Si hace falta que escanee algo, me lo decís que lo tengo a güevo.
Para hacer lo que sea de nuevo, podéis contar conmigo otra vez.
Saludos
Miguel -
17 diciembre, 2009 a las 9:19 pm #128751
Gracias El_Miguel. Sí por favor, escanea todo lo que tengas y pásame datos e instrucciones por email, a ver si a través de Todotrial se puede movilizar a la gente y conseguimos respuestas, primero de los propios trialeros y se unen a la petición y segundo del Defensor del Pueblo o el organismo que sea.
-
17 diciembre, 2009 a las 10:48 pm #128752
Todos a una?
-
17 diciembre, 2009 a las 11:41 pm #128753
– En el Defensor del Pueblo con la Ley de Acceso al Medio Natural…
– En ANESDOR con la matriculación especial para las motos de trial…
– En la RFME con precios lógicos para las licencias de trial…
… ME GUSTAN LOS FINES DE DICHA ASOCIACIÓN …
Medios, Marcas, MotoClubs, Pilotos, Aficionados:
¡¡¡TODOSAUNA!!! -
18 diciembre, 2009 a las 12:40 am #128754
Hola a todos:
Pues mi moto no está matriculada porque sólo la uso para entrenar en recintos acotados. Eso sí, asegurada está. Por suerte nunca me han parado y nunca he tenido ningún percance…y que dure.
Contad conmigo para esas movilizaciones en defensa de nuestro colectivo.
Saludos -
18 diciembre, 2009 a las 4:39 pm #128755
Llevamos años oyendo que hayque ser legal, que tenemos que ir matriculados y asegurados y demas… como pardillos vamos y lo hacemos, pagamos la matriculacion, pagamos las tasas de trafico, pagamos el seguro, pagamos el impuesto de circulacion… PARA QUE?????
PARA NADA!!!!
Pagamos como si fuese un coche pero esta moto no es un coche ni una moto normal, no se puede usar pa ir por carretera, los que lo hagan q la matriculen pero los que vamos en remolque a entrenar, como hacen los de motocross o velocidad, PARA QUE, si luego nos pasan LA MULTA IGUAL!!!
Hemos puesto nuestra buena voluntad durante años, matriculado motos y demas y PARA QUE, para NADA porque seguimos igual de ilegales, y encima GILIPOLLAS…
Y que pasa con los nicños, si no tienen carnet, una moto es el demonio o que… QUE NO QUE NO; QUE NO HAY DERECHO, PUES TAMPOCO HAY PAGO!!!! -
20 diciembre, 2009 a las 4:12 am #128756
Hola a todos yo tengo mi moto con seguro pero sin matricular y creo que para ir por una vía pública (carretera, pista forestal, camino , Vía Pecuaria, etc) ademas de la matrícula también la moto debe llevar el kit de homologación (luces, intermitentes, retrovisores, espejos, etc; y normalmente quien la tiene matriculada lleva una matrícula de plástico no homologada pegada en el guardabarros y el kit sólo lo utiliza para pasarITV, con lo que va igual de ilegal que los que no tenemos la moto matrículada.
Además en teoría sólo puedes ir por caminos públicos catalogados, osea que por ejemplo te empapelan por ir monte a través, por Vías Pecuarias están prohibidos los vehículos a motor, incluso está prohibido en verano circular por pistas forestales por temas de incendios.
En resumen señores, conducir una moto de trial con todo en regla es casi imposible, habrá que seguir pasando desapercibido, hasta luego. -
20 diciembre, 2009 a las 6:12 pm #128757
Escrito originalmente por -Yoyi-
Gracias El_Miguel. Sí por favor, escanea todo lo que tengas y pásame datos e instrucciones por email, a ver si a través de Todotrial se puede movilizar a la gente y conseguimos respuestas, primero de los propios trialeros y se unen a la petición y segundo del Defensor del Pueblo o el organismo que sea.
He realizado una consulta a un amigo, y me ha dicho lo siguiente:
Hay 2 opciones
1º. Recurso de Inconstitucionalidad: Solo prodrá promoverse a partir de la publicación de la Ley o RD en cuestión en un plazo máximo de 3 meses por el Presidente del Gobierno, (dudo que lo haga), El Defensor del Pueblo, 50 Diputados o 50 Senadores.
2º. Cuestión de Inconstitucionalidad: Cuando un Juez o Tribunal, de oficio o a instancia de parte, considera que una norma pueda ser contraria a la Constitución. (¿Tenemos a algún Juez trialero?).
El primer motivo, recurso de inconstitucinalidad, no es aplicable en tanto en cuanto tuviéramos el apoyo de 50 representantes, el plazo de 3 meses ha pasado en exceso.
El segundo motivo, cuestión de inconstitucionalidad, resulta un tanto complicado en tanto que se debería promover / iniciar en un primer momento por una sanción administrativa o multa por circular con los vehículos por zona prohibida, hasta que llegue a los Tribunales de lo Contencioso Administrativo, con el inconveniente existente de la cuantia de la multa / sanción que se ejecutaria independientemente del proceso en el Contencioso Administrativo, adelantando, no obstante, que existen motivos más que justificados de la legalidad de la normativa.
-
22 diciembre, 2009 a las 3:01 am #128758
Entre los trialeros .Sí, tenemos jueces, y abogados, y procuradores, y empresarios, y terratenientes, y medicos , y arquitectos, e ingenieros, y constructores, y joyeros, y profesores, y guardias civiles, y guardias reales, y agentes forestales( si, también), y mecanicos, y publicistas, y periodistas, y realizadores,incluso politicos, incluso fabricantes de motos.. y ¿sabeis porqué?. Porque somos muchos, más de los que creemos. Pero, por supuesto, menos mal, gracias a Dios, no todos estan, ni quieren, estar federados. Porque el deporte NO es competición. Y en el trial tampoco.
Somos muchos y podemos hacer mucho ¿por qué no lo hacemos? Pasemos ya de los que debían hacerlo y no lo hacen…
Saludos -
23 diciembre, 2009 a las 2:34 pm #128759
Cita:TrochasHola a todos yo tengo mi moto con seguro pero sin matricular y creo que para ir por una vía pública (carretera, pista forestal, camino , Vía Pecuaria, etc) ademas de la matrícula también la moto debe llevar el kit de homologación (luces, intermitentes, retrovisores, espejos, etc; y normalmente quien la tiene matriculada lleva una matrícula de plástico no homologada pegada en el guardabarros y el kit sólo lo utiliza para pasarITV, con lo que va igual de ilegal que los que no tenemos la moto matrículada.
Creo que no es la misma ilegalidad, os es lo mismo circular con un coche con algún piloto roto que circular con un coche sin matriculación y su seguro correspodiente……. -
24 diciembre, 2009 a las 9:12 pm #128760
Me parece una temeridad no matricular ni asegurar la moto hoy en día. Es muy barato y da cierta tranquilidad.
Si te trincan los de verde y tienes carnet, seguro, matrícula, te podrán denunciar por delito medio ambiental y demás cosas ecológicas, pero te ahorrarás una pasta por temas de tráfico.
Y además, no es igual que te paren, saludes con educación, saques tu documentación y te disculpes :pero es que llevo montando 30 años y blablabla, ¿no querrá usted que me entregue al alcohol?etcetc, a ir de ilegal absoluto. Yo hasta ahora, y van 4, me he librado siempre.
La última:
Antes de ayer se escaparon los perrillos de casa y cogí la cota para buscarlos por el monte. La dejé en el arcén, apareció la municipal y :
-«Esa moto no puede circular por la vía pública, es de trial»
-Si puedo circular por vía pública, y además estoy buscando mis perros señor agente.
-No tiene matrícula y no se puede ir por el monte.
-Sí tiene, está en casa guardadita para no hecerme daño ni perderla. La moto está aparcada en el arcén, ¿quién ha ido por el campo?(la moto marrón entera de barro)Tengo seguro y carnet. Si me quiere poner 100 euros por no llevar la matrícula hagalo, y si no, con su permiso, sigo buscando a los perros.
-Pues nada, suerte con los perros .
Gracias, feliz navidad. -
30 diciembre, 2009 a las 1:47 pm #128761
Un supesto………..
Un tipo va con si moto de trial sin documentacion tranquilito por el campo, buscando un lugar donde pasar un ratito de trial, vamos algo normal, pero diablos que cojones…………………..una moto de enduro que pasaba por ahi se me ha hechado encima………….ostion¡¡¡¡¡¡¡.
El tipo de la moto de trial parece no tener nada, mas que un golpe, pero el tipo de la moto de enduro tubo la mala suerte de que el manillar de la trialera se le metio por la mentonera del casco, partiendole la mandibula y ocasionandole una terrible herida; desplazar al muchacho fue bastante engorroso, pero tras hacercar la moto a la carretera mas cercana la grua la retiro la moto y a el una ambulancia.
El chaval de la moto de enduro es guarda civil y conoce bien la ley……………………el muchacho de la moto de trial pagara cara su imprudencia de circular careciendo de permiso de circulacion y seguro de responsavilidad civil obligatorio.
Esto no es un supesto, paso hace unos 8 años, yo acompañaba a mi amigo guardia civil y su impecable VOR 450 que llevaba de estreno, tenia poca esperiencia y se comio al chaval de la moto de trial, pero llevaba todo en regla y con ello la ley de su lado.
Si se piensa circular fuera de una zona privada es FUNDAMENTAL tener todo en regla.
Un saludo -
31 diciembre, 2009 a las 12:12 am #128762
Escrito originalmente por XMingo
Un supesto………..
Un tipo va con si moto de trial sin documentacion tranquilito por el campo, buscando un lugar donde pasar un ratito de trial, vamos algo normal, pero diablos que cojones…………………..una moto de enduro que pasaba por ahi se me ha hechado encima………….ostion¡¡¡¡¡¡¡.
El tipo de la moto de trial parece no tener nada, mas que un golpe, pero el tipo de la moto de enduro tubo la mala suerte de que el manillar de la trialera se le metio por la mentonera del casco, partiendole la mandibula y ocasionandole una terrible herida; desplazar al muchacho fue bastante engorroso, pero tras hacercar la moto a la carretera mas cercana la grua la retiro la moto y a el una ambulancia.
El chaval de la moto de enduro es guarda civil y conoce bien la ley……………………el muchacho de la moto de trial pagara cara su imprudencia de circular careciendo de permiso de circulacion y seguro de responsavilidad civil obligatorio.
Esto no es un supesto, paso hace unos 8 años, yo acompañaba a mi amigo guardia civil y su impecable VOR 450 que llevaba de estreno, tenia poca esperiencia y se comio al chaval de la moto de trial, pero llevaba todo en regla y con ello la ley de su lado.
Si se piensa circular fuera de una zona privada es FUNDAMENTAL tener todo en regla.
Un saludoJoder con el novato, acabas de cargate el post, a tomar polsaco las fantasias;
Bienvenido.
Felices fiestas.[/color][/size»>
-
31 diciembre, 2009 a las 2:14 am #128763
Hola a todos:
Aviso a navegantes: Respecto al tema del seguro, nuestras motos de trial, estén matriculadas o no, como vehículos a motor que son, deben de estar aseguradas, y la norma que determina tal obligación es la siguiente:
Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
…
CAPÍTULO II.
DEL ASEGURAMIENTO OBLIGATORIO.
SECCIÓN I. DEL DEBER DE SUSCRIPCIÓN DEL SEGURO OBLIGATORIO.
Artículo 2. De la obligación de asegurarse.
artículo 1[color=#3366ff»>. No obstante, el propietario quedará relevado de tal obligación cuando el seguro sea concertado por cualquier persona que tenga interés en el aseguramiento, quien deberá expresar el concepto en que contrata.
Se entiende que el vehículo tiene su estacionamiento habitual en España:
1. Cuando tiene matrícula española, independientemente de si dicha matrícula es definitiva o temporal.
2. Cuando se trate de un tipo de vehículo para el que no exista matrícula, pero lleve placa de seguro o signo distintivo análogo a la matrícula y España sea el Estado donde se ha expedido esta placa o signo.
3. Cuando se trate de un tipo de vehículo para el que no exista matrícula, placa de seguro o signo distintivo y España sea el Estado del domicilio del usuario.
….
Artículo 3. Incumplimiento de la obligación de asegurarse.
1. El incumplimiento de la obligación de asegurarse determinará:
1. La prohibición de circulación por territorio nacional de los vehículos no asegurados.
2. El depósito o precinto público o domiciliario del vehículo, con cargo a su propietario, mientras no sea concertado el seguro.
Se acordará cautelarmente el depósito o precinto público o domiciliario del vehículo por el tiempo de un mes, que en caso de reincidencia será de tres meses y en el supuesto de quebrantamiento del depósito o precinto será de un año, y deberá demostrarse, para levantar dicho depósito o precinto, que se dispone del seguro correspondiente. Los gastos que se originen como consecuencia del depósito o precinto del vehículo serán por cuenta del propietario, que deberá abonarlos o garantizar su pago como requisito previo a la devolución del vehículo.
Cualquier agente de la autoridad que en el ejercicio de sus funciones requiera la presentación del documento acreditativo de la existencia del seguro y no le sea exhibido formulará la correspondiente denuncia a la autoridad competente, que ordenará el inmediato precinto y depósito del vehículo en establecimiento público o el precinto en el domicilio del titular o poseedor si en el plazo de cinco días no se justifica ante ella la existencia del seguro.
En todo caso, la no presentación, a requerimiento de los agentes, de la documentación acreditativa del seguro será sancionada con 60 euros de multa.
3. Una sanción pecuniaria de 601 a 3.005 euros de multa, graduada según que el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado, en su caso, la duración de la falta de aseguramiento y la reiteración de la misma infracción.
…
Esto se lo explicó un Guardia Civil de Trafico a un amiguete mio, cuando tras pararle en un control rutinario con la moto en el remolque, le pidió la documentación de ésta. Moto sin matricular, sin asegurar y sin poder demostrar que era suya (ni factura de compra ni contrato de compraventa). Con lo de estar matriculada, al no estar circulando, ni se metió, pero si que le recordó que debía llevar el documento que demostrase que era suya (ya que podía ser robada) y que, como vehículo a motor que era (circulase o no) estaba obligado a tenerla asegurada. Todo se quedó en una anecdota sin multa, pero a día de hoy tiene la moto matriculada y con seguro.
El texto completo aquí:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/rdleg8-2004.t1.html#a2
Saludos.
-
31 diciembre, 2009 a las 3:13 am #128764
por curiosidad ¿alguien sabe a donde se va el precio de pro 300 o sherco 290 o cualquier modelo que no sea de 250 ya matriculada ?o es que estamos obligados a comprarno el modelo 250 aunque nos guste mas por ejemplo los de mas cilindrada y que pasa con los que tenemos «lorjierros» y no hay mas manteca pa otra la dejamos que se oxide en casa, o si despues de circular «legal» sin retrovisores,matricula(homologada),intermitentes,etc,etc la sancion va a ser menos grave,creo que estas jodido como te trinque uno con el dia un poco retorcio [font=arial black]señores estamos jodios de todas formas[/font]
-
31 diciembre, 2009 a las 3:31 am #128765
Hola:
El tener o no documentación es una infraccion administrativa que no afecta a la culpabilidad y responsabilidad de un accidente. Si circulando corectamente con tu moto indocumentada por la carretera te arrolla un camion la culpa será del camionero, por que en un acidente, por no tener la moto documenteda no hay concurrencia de responsabilidad. Ahora bien si te arrolla un todoterreno de la guardia civil la culpa será tuya aunque tengas todo en regla y lleves un certificado de buena conducta de tú parroco.
Un ejemplo:
hace muuuuchos años tuve la suerte de tener un accidente con el chofer de un coronel con el coche oficial aunque iva solo, él venía como un cohete cortando la curva y creo que ni me vió, el caso es que no frenó. yo frené y me eché a la cuneta, resultado: la culpa fué mía por que iva a medio metro de la cuneta y dejé una frenada de cuatro metros.
Conclusión: una condena por imprudencia temeraria y mi primer sueldo gastado en reparar el coche.
Un saludo y Felices Fiestas. -
31 diciembre, 2009 a las 4:27 pm #128766
pedona shrepa159 no te importaria utilizar el ejemplo del Imprudente por que es que los camioneros estamos hasta los c………………. de matar ya gente aunque el tio se haya saltao un semaforo o stop,en gracias de antemano de ese sestor tambien con muchos problemas a y ademas tambien muchos son trialeros o amantes del mundo del motor en definitiva espero por favor no molestarte pero siempre con ejemplo : salio de la gasolinera y lo mato un camion ,perdona salio sin mirar yse mato el solo contra el camion que circulaba tranquilamente lo siento por la aclaracion aumque no tenga nada que ver con el post
-
-
AutorEntradas
- Debes estar registrado para responder a este debate.
