j.a.f.s dijo:
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24 febrero, 2011 a las 8:57 pm #96925
hola,mirad esto,podria valer para nuestras salidas de fin de semana?que opinais?
http://www.motopoliza.com/AccidentesCircuito/ -
24 febrero, 2011 a las 9:38 pm #96926
Una pregunta al respecto: cuando escoges un seguro en esta web, te pide queintroduzcas tus datos, pero no dice nada de número o fecha del carne. Significaeso que se puede contratar sin tener el carne?
Sé que es ilógico que una compañía de seguros contrate a un usuario sincarne pero es que tampoco se mucho de este tema.
Saludos -
24 febrero, 2011 a las 9:57 pm #96927
Cita:
pero no dice nada de número o fecha del carne. Significaeso que se puede contratar sin tener el carne?
El número de carnet coincide con el DNI, y ese sí lo piden.
En cualquier caso, en el apartado de exclusiones hay un punto que te dejaría a merced de las múltiples interpretaciones que pueden surgir de él, y con un cadáver encima de la mesa, un juez no se anda con remilgos.
ARTÍCULO 2º – Delimitación del riesgo: hechos excluidos del seguro
1. No se concederán indemnizaciones, al no ser objeto del contrato y no quedar cubiertos por la
Aseguradora, los siguientes hechos:
A) Los que no tengan la consideración de accidentes según lo estipulado en el artículo preliminar, así como
los que violen cualquier disposición legal.
Salutations
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24 febrero, 2011 a las 9:58 pm #96928
Cita:
pero no dice nada de número o fecha del carne. Significaeso que se puede contratar sin tener el carne?
El número de carnet coincide con el DNI, y ese sí lo piden.
En cualquier caso, en el apartado de exclusiones hay un punto que te dejaría a merced de las múltiples interpretaciones que pueden surgir de él, y con un cadáver encima de la mesa, un juez no se anda con remilgos.
ARTÍCULO 2º – Delimitación del riesgo: hechos excluidos del seguro
1. No se concederán indemnizaciones, al no ser objeto del contrato y no quedar cubiertos por la
Aseguradora, los siguientes hechos:
A) Los que no tengan la consideración de accidentes según lo estipulado en el artículo preliminar, así como
los que violen cualquier disposición legal.
Salutations
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24 febrero, 2011 a las 10:22 pm #96929
Entonces para ir legal 100% que hay que llevar? luces, intermitentes, los 2 retrovisores o solo el de la izquierda?
Porque si por ejemplo de mi casa al «campo» hay 2km por la ciudad, con estas cosas teniendo la moto matriculada y con seguro, ya no podrían multarme no? o si? -
24 febrero, 2011 a las 10:44 pm #96930
Cita:
Entonces para ir legal 100% que hay que llevar? luces, intermitentes, los 2 retrovisores o solo el de la izquierda?
Si, así es. Y si la moto fué matriculada antes de 1996, basta con llevar sólo el retrovisor izquierdo. Y para ir más legal todavía, has de ir sentado.
Saludos -
24 febrero, 2011 a las 11:05 pm #96931
No lo tengo claro esto que comentáis. Estos seguros se están creando para ir a rodar en tandas organizadas en circuitos, con motos sin matricular y sin asegurar, con carenados de fibra sin luces ni intermitentes y a veces gente sin carnet… No se si serán estos concretamente pero los hay.
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25 febrero, 2011 a las 12:20 am #96932
Cita:
a veces gente sin carnet
Existen seguros para gente sin carne?
Cuando damos a la compañía de seguros el número de bastidor, comprueban la cilindrada de la moto?
Mi intención: Tengo el carne B y una moto de 250, como puedo colarlo para hacer un seguro?
Saludos -
25 febrero, 2011 a las 12:54 am #96933
No Erik, estos seguros solo son para el tiempo que duran las tandes de entrenos, no son permanentes.
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25 febrero, 2011 a las 12:58 am #96934
Cita:
Mi intención: Tengo el carne B y una moto de 250, como puedo colarlo para hacer un seguro?
La compañía te hará el seguro, pero sólo te servirá para que no te multen, porque como te salga una vieja de detrás de una roca haciendo una zona y te la cargues, estarás jodido, no sólo desde el punto de vista económico sino también del penal.
O sea, ¿De qué te sirve tener un seguro para que no te multen si te van a multar por no tener carnet? Bueno, sí,…,evitarás una multa por no llevar seguro, pero te endiñarán una por no tener carnet, otra por no llevar intermitentes, otra por no llevar matrícula, otra por no llevar cláxon, otra por no llevar luz homologada, otra por ir de pie, otra por andar por esta zona,…, y puede que hasta te inmovilicen la moto,… y te dirán: «Que tenga usted un buen día».
Salutations
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25 febrero, 2011 a las 1:23 am #96935
El seguro del link es un seguro médico parecido a cualquier seguro médico que puedas contratar en cualquier aseguradora. Este seguro cubre solamente los gastos médicos e indemniza en caso de lesiones o muerte.
Si te para la guardia civil, este seguro no sirve, es como si les enseñas la cartilla de la seguridad. No os confundais, la moto debe tener un seguro a terceros, para lo cual el titular debe de poseer carnet y la moto estar en regla. Este no es un seguro a terceros, por eso no te piden carnet, ni datos de la moto. Es un seguro médico que te cubrirá las lesiones si te haces daño con cualquier moto, indiferentemente si esta está en regla o no. -
25 febrero, 2011 a las 1:54 am #96936
pienso que los tiros van por donde dice jumillaesport,esto es un seguro para cubrirse uno mismo,en caso de caida y tal,porque si se lesiona uno en una caida,y se le ocurre ir al hospital vestido de «torero»automaticamente empiezan los problemas,seguros,explicaciones etc,tan simple como cambiarse de ropa y todo adquiere otra dimension,pero la cosa es que si pasara algo grave y te tuvieran que llevar en urgencias,y con la ropa de trialero,pues con este seguro,evitariamos un problema,es lo unico que le veo de positivo,vosotros que opinais’
un saludo -
25 febrero, 2011 a las 1:56 am #96937
Gracias por las aclaraciones sobre el seguro.
Y con el tema del carne, hay forma de engañar a los agentes para que piensenque puedo llevar esta moto con el carne B? La única documentación que tengo esun contrato de compraventa. No tengo ficha técnica ni nada. Mi preocupación esque me multen por no llevar carne (que a mi entender es lo mas importante y conel que me puedo llevar una buena multa).
Saludos -
25 febrero, 2011 a las 2:20 am #96938
Cita:
Y con el tema del carne, hay forma de engañar a los agentes para que piensenque puedo llevar esta moto con el carne B? La única documentación que tengo esun contrato de compraventa. No tengo ficha técnica ni nada.
De nada sirve engañar con la cilindrada de la moto si ésta no tiene ni papeles, porque sin papeles no se puede circular.
Cita:Mi preocupación esque me multen por no llevar carne (que a mi entender es lo mas importante y conel que me puedo llevar una buena multa).
Por circular con un vehículo no autorizado, la multa también será de órdago, a lo que habrá que sumar lo que has invertido en la moto, porque te quedarás sin ella.
Mi consejo es que te busques una como la de Inés de viana, 125 cc, matriculada, seguro, y cuando lo necesites le pongas el motor de una 250, 270 o 280. En ese caso, si te paran no tendrás problema. Es la mejor opción para los que no tienen carnet de moto pero sí tienen el de coche.
Salutations -
25 febrero, 2011 a las 2:52 am #96939
Mi intención es poder sacarme el carne en unos meses (o un año), despues de tener la bola para el coche (remolque ya tengo).
Gracias
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