lunes, junio 17, 2024

hely1100 dijo:

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    • #69685
      Historico
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      • 10 veces campeón del mundo
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      El decreto-ley 11/2005 por el que se nos prohibe el acceso motorizado al monte tiene su aplicación de acuerdo con las normas dictadas por las respectivas comunidades autónomas en virtud de las transferencias existentes.

      Así en Galicia la nueva Conserjeria del Medio Rural dictó su aplicación mediante resolución de 12 de agosto (DOG 24/08/05) modificando el punto 4 de las normas hasta en momento en vigor y reflejadas en la Resolución de 27 de enero de 2005 (DOG 3/02/05).

      Como la norma autonómica abarca el periodo entre el 15 de julio y el 30 de septiembre y unicamente han modificado el punto 4 (Prohibiciones en época de máximo peligro) esta claro que en Galicia la prohibición se mantendra «solo» hasta el 30 de septiembre.

      Claro que estos políticos pueden prorogarla indefinidamente de acuerdo con la ley.

      Saludos,

    • #69686
      Historico
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      • 10 veces campeón del mundo
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      Bueno, por lo menos eso reduce en un mes el periodo de Decretazo.

      Saludos!

    • #69687
      Historico
      Participante
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      • 10 veces campeón del mundo
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      Interesante noticia, veremos que pasa en el resto de comunidades

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