jueves, abril 9, 2026

Cesar_Segovia dijo:

Home Foros Foros Todotrial – Moto Foro General Cesar_Segovia dijo:

  • Este debate está vacío.
Mostrando 2 respuestas a los debates
  • Autor
    Entradas
    • #154384
      Historico
      Participante
        • Total:155116
        • 10 veces campeón del mundo
        • ★★★★★★★★★
        • ★★★★★★★★

        Me podria informar alguien en cuanto estan las multas por circular por cañada??esque nos han echo una visita nuestros amigos del seprona…en castilla y leon, que llevo un rato buscando y no encuentro nada ,gracias de antemano

      • #154385
        Historico
        Participante
          • Total:155116
          • 10 veces campeón del mundo
          • ★★★★★★★★★
          • ★★★★★★★★

          Lo normal es que en la denuncia emitida por el Seprona figure el motivo y el artículo de la ley infringido.
          Si se refiere exclusivamente a circular por una cañada (vía pecuaria) se infringe la Ley 3/1995 de 23 de marzo que en su artículo  21 clasifica las infracciones a la ley en leves, graves o muy graves.
          Artículo 21. Clasificación de infracciones.
          1. Las infracciones se clasificarán en muy graves, graves y leves.
          2. Son infracciones muy graves:

          1. La alteración de hitos, mojones o indicadores de cualquier clase, destinados al señalamiento de los límites de las vías pecuarias.
          2. La edificación o ejecución no autorizada de cualquier tipo de obras en terrenos de vías pecuarias.
          3. La instalación de obstáculos o la realización de cualquier tipo de acto que impida totalmente el tránsito de ganado o previsto para los demás usos compatibles o complementarios.
          4. Las acciones u omisiones que causen daño o menoscabo en las vías pecuarias o impidan su uso, así como la ocupación de las mismas sin el debido título administrativo.

          3. Son infracciones graves:

          1. La roturación o plantación no autorizada que se realice en cualquier vía pecuaria.
          2. La realización de vertidos o el derrame de residuos en el ámbito delimitado de una vía pecuaria.
          3. La corta o tala no autorizada de los árboles existentes en las vías pecuarias.
          4. El aprovechamiento no autorizado de los frutos o productos de las vías pecuarias no utilizables por el ganado.
          5. La realización de obras o instalaciones no autorizadas de naturaleza provisional en las vías pecuarias.
          6. La obstrucción del ejercicio de las funciones de policía, inspección o vigilancia previstas en la presente Ley.
          7. Haber sido sancionado, por resolución firme, por la comisión de dos faltas leves en un período de seis meses.

          4. Son infracciones leves:

          1. Las acciones u omisiones que causen daño o menoscabo en las vías pecuarias, sin que impidan el tránsito de ganado o demás usos compatibles o complementarios.
          2. El incumplimiento de las condiciones establecidas en los correspondientes títulos administrativos.
          3. El incumplimiento total o parcial de las prohibiciones establecidas en la presente Ley y la omisión de actuaciones que fueran obligatorias conforme a ellas.

          Por lo que parece circular por ellas en un vehículo debería ser considerada infracción leve castigada según el artículo 22 con multa de 60 a 600 euros.
          Esperemos en la buena voluntad de la Conserjería de Medio Ambiente de tú comunidad y la cosa quede en poco. Sino es así A RECURRIR.
          Tienes la ley completa aquí:
          http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l3-1995.html
          Un saludo

        • #154386
          Historico
          Participante
            • Total:155116
            • 10 veces campeón del mundo
            • ★★★★★★★★★
            • ★★★★★★★★

            muchas gracias por la informacion helly1100. yo creo que recurriremos la multa, si es que llega.Un saludo y gracias otra vez

        Mostrando 2 respuestas a los debates
        • Debes estar registrado para responder a este debate.
        X
        Ir a la barra de herramientas