martes, abril 21, 2026

juanmak dijo:

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Mostrando 7 respuestas a los debates
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    • #92945
      Historico
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        • 10 veces campeón del mundo
        • ★★★★★★★★★
        • ★★★★★★★★

        He estado buscando, por internet modalidades de transportar la moto de trial, y me he encontrado con esto http://www.trial-store.com/portemoto-trial-transversal-p-394.html 
        Lo siento esta en frances, pero bueno creo que se entiende bien….
        Alguien puede confirmar si esta homologado para España, ya que no hace mucho vi un coche (Seat ibiza) con uno puesto y me parecio GENIAL B).
        Realmente el precio es desorbitadamente barato, ahi os dejo eso, y si alguien le intersa o sabe mas info ruego cuelgue el resultado.
         He enviado un correo solicitando informacion, y si es posible su homologacion para España, o si esta homologado, ya os dire….
        AHI VA ESO..
        Salu2
         
        JUANMAK  

      • #92946
        Historico
        Participante
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          • 10 veces campeón del mundo
          • ★★★★★★★★★
          • ★★★★★★★★

          Hola a todos:
          En el foro se habló una vez de este sistema que los de talleres GETSA lo fabricaban pero ya no. Se supone que, en algún momento, este sistema estuvo homologado en España pero desconozco si en la actualidad lo está. Si alguien sabe de ello que se pronuncie . Yo lo vi hace unos años en un coche belga en Arinsal y lo vi de lo más práctico. El sistema que vi se parecía a los de talleres GETSA, ya que los brazos que salen hacia los lados se podían quitar y poner fácilmente en una base que iba sujeta a la bola o al soporte de la bola. De este modo en cualquier momento se podía poner o quitar y guardarlo en el maletero.
          Saludos.

        • #92947
          Historico
          Participante
            • Total:155116
            • 10 veces campeón del mundo
            • ★★★★★★★★★
            • ★★★★★★★★

               Para bicis están homologados.
               El problema es que vas a estar condicionado por el peso máximo para el que está homogado el enganche del coche, que en el caso del mío son 75 Kg.  El peso de una trialera más el del propio sistema…por ahí andaría…
               Saludos

          • #92948
            Historico
            Participante
              • Total:155116
              • 10 veces campeón del mundo
              • ★★★★★★★★★
              • ★★★★★★★★

              este sistema parece interesante y práctico, lo único que imagino es quedara condicionado al tamaño del propio coche, quiero deicr deberas de tener un veh. muy grande tipo el de la imagen, para que la moto no sobresalga  por los laterales del veh. (lo cual creo que esta prohibido….?? no?? 
               
              con lo que si uno tiene por ejemplo un veh. medio; Focus, leon…etc, ya no serviria dado que la moto como decia antes sobresaldría por los lados, habría que medir
               
              salut socis¡¡  

            • #92949
              Historico
              Participante
                • Total:155116
                • 10 veces campeón del mundo
                • ★★★★★★★★★
                • ★★★★★★★★

                Yo pienso y opino , desde mi ignorancia en este tema, que el problema fundamental es el peso sobre el eje trasero.
                En un remolque normal ya hay que tener cuidado de que el centro de gravedad del remolque este bien calculado y sea lo mas nulo posible , si esta hacia adelante el remolque  carga sobre la bola y hunde los amortiguadores y pinza o levanta el coche de delante, asi te quedas con una direccion muy blanda y una gran inestabilidad ya que el tren delantero va en el aire, por otra parte si el centro de gravedad esta muy atras tira de la bola hacia arriba y hunde la suspension delantera haciendo el coche mas pesado de delante y mas dificil de girar (dureza del volante, aunque ahora llevan casi todos direccion asistida o hidraulica) y el eje trasero en el aire ( levantado) …
                PERO los amortiguadores en ambos casos estan sufriendo el doble. en un caso el trasero y en otro el delantero…. ( los remolque suelen cascar antes los amortiguadores, por eso hay unos muellecitos que se colocan en el muelle del amortiguador original para que sea mas duro en el primer tramo, se montan  sobre todo cuando se usa caravana)…
                en este tipo de remolque Al ir el peso directamente sobre la bola lo que hace es cargar directamente el peso sobre los amortiguadores traseros ( que los hunde mucho cascandolos en nada y ademas levantando el eje delantero haciendo el coche mas inestable en recta y curva, diria que incluso peligroso, por eso a lo mejor dejaron de fabricarlos…. no sé si  en coches con ballestas no lo acusa tanto y seria mas válido)
                Un saludo

              • #92950
                Historico
                Participante
                  • Total:155116
                  • 10 veces campeón del mundo
                  • ★★★★★★★★★
                  • ★★★★★★★★

                  Escrito originalmente por 5tras5

                  Hola a todos:
                  En el foro se habló una vez de este sistema que los de talleres GETSA lo fabricaban pero ya no. Se supone que, en algún momento, este sistema estuvo homologado en España pero desconozco si en la actualidad lo está. Si alguien sabe de ello que se pronuncie . Yo lo vi hace unos años en un coche belga en Arinsal y lo vi de lo más práctico. El sistema que vi se parecía a los de talleres GETSA, ya que los brazos que salen hacia los lados se podían quitar y poner fácilmente en una base que iba sujeta a la bola o al soporte de la bola. De este modo en cualquier momento se podía poner o quitar y guardarlo en el maletero.
                  Saludos.

                  [font= ]Efectivamente y estaba homologado pero no para llevar motos[/font]
                  [font= ]Hice todos los tramites en la itv para que lo homologaran y no lo admitieron nunca[/font]
                  [font= ]Si quereis uno os lo vendo[/font]

                • #92951
                  Historico
                  Participante
                    • Total:155116
                    • 10 veces campeón del mundo
                    • ★★★★★★★★★
                    • ★★★★★★★★

                    Hola a todos:
                    Escrito originalmente por juditan

                    este sistema parece interesante y práctico, lo único que imagino es quedara condicionado al tamaño del propio coche, quiero deicr deberas de tener un veh. muy grande tipo el de la imagen, para que la moto no sobresalga  por los laterales del veh. (lo cual creo que esta prohibido….?? no?? 
                     
                    con lo que si uno tiene por ejemplo un veh. medio; Focus, leon…etc, ya no serviria dado que la moto como decia antes sobresaldría por los lados, habría que medir
                     
                    salut socis¡¡  

                    Lo de que sobrasalga por los lados no se tiene en cuenta en el caso de las bicicletas ya que de lo contrario los enganches de bicicletas a la bola no estarían homologadas y sobresalen mucho de muchos coches. También es cierto que hay que llevar la famosa placa V-20.
                    Saludos.

                  • #92952
                    Historico
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                      Cita:

                      Lo de que sobrasalga por los lados no se tiene en cuenta en el caso de las bicicletas ya que de lo contrario los enganches de bicicletas a la bola no estarían homologadas y sobresalen mucho de muchos coches.
                       

                         Todos los coches que he visto transportando una bici con ese sistema, eran más anchos que la longitud de la bici, teniendo en cuenta que el ancho del coche es el ancho entre los extremos de los espejos retrovisores exteriores.
                         Pero como la ley no está muy clara, me consta que hay montones de recursos por parte de gente a la que han empaquetado por ese tema (me refiero a las bicis) acogiéndose, entre otros argumentos, a esa falta de claridad de la ley.
                      Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo:

                      Artículo 14. Disposición de la carga.

                      1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:
                      a. Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.
                      b. Comprometer la estabilidad del vehículo.
                      c. Producir ruido, polvo u otras molestias que puedan ser evitadas.
                      d. Ocultar los dispositivos de alumbrado o de señalización luminosa, las placas o distintivos obligatorios y las advertencias manuales de sus conductores.

                       
                      Artículo 15. Dimensiones de la carga.

                      1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.

                      2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y acondicionamiento, podrán sobresalir:
                      a. En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible: 1.2. En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del vehículo por cada extremo anterior y posterior.
                      b. En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea superior a 2,55 metros.

                      (La bici, ¿Es una carga indivisible)[/color»>

                      (¿Y los de ancho superior a un metro? No dice nada…)[/color»>

                      5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.

                      6. En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres metros por la posterior. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20 a que se refiere el artículo 173 y cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente perpendicular al eje del vehículo.

                      Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán colocarse de tal manera que formen una geometría de v invertida.


                         Pero, insisto: la placa y documentación del enganche de la mayoría de los turismos tienen marcado un peso máximo inferior al peso de una moto de trial, y respecto a eso no hay nada que discutir, la ley es clara.
                      [/color]
                         Saludos
                      [/color]

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